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El derecho a la autodeterminación

Autor: Shikry Gama

1.- La magnánima Omnisapiencia de Eón de Inteligencia Eterna predeterminó que todos los seres humanos fuésemos imagen y semejanza de esa esencia de Su Inteligencia y que fuésemos también libres, con la potestad de obrar y no obrar, según nuestro libre albedrío. Asumiendo la responsabilidad de todo lo que hiciéramos. Obligándonos a responder por sí mismos ante las leyes humanas y ante las divinas, con la misión de realizarnos en el conocimiento, en el amor y en el servicio a Eón personificado en cada ser viviente, como una ofrenda de filialidad al Dios Padre de nuestras creencias.

2.- Este albedrío fue la chispa volitiva que impelió a la inobediencia del imperio de los bajos instintos que aprisionaba a los seres humanos a la condición irracional de las demás especies. Esta potestad de obrar por autodeterminación, ejerciendo el derecho ingénito concedido por Eón -a través del libre albedrío- hizo a los humanos responsables de su destino, de su historia y de las consecuencias de sus vidas, diferenciándolos del destino de las demás especies irracionales.

2.1.- Ese derecho de determinar lo que cada cual deseaba y buscaba en su vida fue incomprensiblemente interpretada como la “desobediencia del paraíso terrenal”. Si admitimos que: “sin la voluntad de Eón –Dios Padre- nada podría suceder”, tenemos que concluir en que la desobediencia de Adán y de Eva fue predeterminada por Su Omnipotencia y Su Omnisapiencia.2.2.- Los hechos de la historia demuestran que la inobediencia y la rebeldía, como todas las actitudes, fueron impregnadas en el alma de los humanos por la voluntad de Eón, para dotar al hombre y a la mujer de los conocimientos necesarios para que, en uso de su libre albedrío, transformara su destino apartándose de la irracionalidad de las especies inferiores y no, como nos han hecho creer, que Dios expulsó del paraíso a sus primeras creaciones humanas, porque desobedecieron la prohibición de que se alimentaran del árbol del conocimiento.

3.- El árbol, en el sentido más amplio, representó la vida del cosmos, su nacimiento, crecimiento, proliferación, generación y regeneración en la inagotable e inmortal transformación de todas las formas vivientes. El árbol simbolizó la relación de la vida terrenal con el cielo. En el cristianismo se le ha reconocido la significación esencial de ser el eje entre los dos mundos: el material y el espiritual.

3.1.- El “árbol del conocimiento” significó desde el pasado que el conocimiento era la única alternativa que los humanos teníamos para liberarnos del imperio de la ignorancia, de los instintos y de los sufrimientos. Una libertad que nos hacía responsables de optar por lo bueno o por lo malo, por la veracidad o por la falsedad, por el acierto o por el error, para premiarse o castigarse a sí mismos, según fuera la intencionalidad de sus actos, ejerciendo su individualidad con plena libertad de albedrío, para que Eón pudiera dictaminar Su Divina Justicia con la más absoluta imparcialidad, puesto que los actos constituían las pruebas de los cargos y/o descargos de la responsabilidad humana.4.- Los humanos hemos comprendido que el ejercicio irresponsable del derecho de la autodeterminación es nocivo tanto para la convivencia social como para el ser mismo, porque somos conscientes de nuestra proclividad al error y al atropello de los derechos de nuestros semejantes. Por ello la sociedad ha venido adoptando normas y principios arbítrales que reglamenten nuestras relaciones y que prevengan, repriman y sancionen nuestras faltas, tanto para con nuestros semejantes como para con Eón.

4.1.- Los dirigentes espirituales, los educadores y los gobiernos tienen el deber de instruir y advertir a los seres humanos de las conveniencias e inconveniencias en el ejercicio recto de la autodeterminación. Tienen el deber de aconsejar qué es lo correcto y qué es lo incorrecto. De discernir sobre el bien y sobre el mal de la manera que crean conveniente, para que quienes abracen los conceptos religiosos o políticos se comprometan por autodeterminación al responsable cumplimiento de todos los preceptos doctrinales que el ser elija practicar en cumplimiento de su filiación doctrinal.

4.2.- No constituye ningún deber para el ser humano abrazar doctrinas con las que no comulga, que no sean concordantes con el conocimiento racional, con las normas de bien vivir, con la civística y con la fraternidad de quienes saben que todos somos iguales ante Eón, sin distingos de razas, de credos o de condiciones sociales. Con una solidaridad basada en la búsqueda del conocimiento que la modernidad reclama. Y es que, al habérsenos concedido el libre albedrío, Eón transfirió a los seres humanos la responsabilidad de todas las consecuencias de sus deseos, elecciones, decisiones y acciones, obligándose al deber de no atentar contra las libertades concedidas en lo que con el paso de los milenios se constituyó en la Declaración Universal de los Derechos Humanos.

5.- En la correspondencia de las leyes de la naturaleza, la autodeterminación preestableció también el imperio de la causalidad ética y moral. La intencionalidad de todo acto constituye la causa que inevitablemente precipitará como consecuencia, la responsabilidad y/o culpabilidad de las acciones humanas.

6.- En lo jurídico, pese a que la libertad de los pueblos deviene implícitamente del ejercicio del libre albedrío, la autodeterminación ha sido reconocida solamente como la capacidad de decisión de los pobladores de una unidad territorial acerca de su futuro político. Este sagrado derecho de la autodeterminación, injustamente sigue negándose a los ciudadanos del mundo.

7.- En lo político, los humanos hemos entendido y reconocido que con el privilegio del libre albedrío se nos concedió también todos los derechos inherentes a la persona humana, para definir el destino de nuestras vidas con una autodeterminación que sólo atañe a nuestra individualidad y que involucra nuestros derechos y deberes, porque hemos comprendido que los derechos son hijos del deber cumplido. Que estos derechos no se concederán a quienes no cumplan con sus deberes elementales ante la familia, la sociedad, la nación y ante Dios mismo.

7.1.- Efectivamente, cuando se elige al partido o al caudillo que debe administrar las rentas fiscales y dirigir el gobierno de nuestras naciones, sucede que se sorprende a la ciudadanía -desconocedora de sus derechos- haciéndoles creer que, conjuntamente con la elección del gobierno político, el pueblo está también enajenando sus derechos individuales.

7.2.- La Constitución establece claramente que las leyes y el gobierno en pleno tienen el deber y la misión de garantizar el cumplimiento de los derechos del ciudadano. Por lo tanto, tienen el deber de promover el desarrollo de las mayorías, sin detrimento del derecho de las minorías, respetando el derecho de la autodeterminación en todo aquello que no sea competencia del Estado.

7.3.- Ha llegado el tiempo en el que los ciudadanos del mundo expresemos nuestra censura y repudio por los manejos indebidos que se hacen del poder político, y que demandemos de aquellos a quienes hemos elegido como nuestros servidores públicos, desde el Presidente de la República hasta el policía de las calles, entiendan que el sistema de elecciones gubernamentales no significa la enajenación de los derechos que todo ciudadano tiene para fiscalizar la conducta de sus gobernantes y la preservación de los bienes nacionales.

7.4.- Es tiempo que los servidores públicos tomen conciencia de que son sólo los encargados de preservar y multiplicar el patrimonio que el pueblo les confía. Que se divulgue y enseñe que el pueblo conforma la empresa más grande de la nación y que la ciudadanía aprenda a administrar el patrimonio nacional de manera semejante al de las empresas privadas.

7.5.- El pueblo contribuyente aporta con sus impuestos el capital accionariado que pone a disposición del erario nacional. Asumiendo el pueblo la función del Directorio, nombra al Presidente de su Directorio (de la República) y éste a sus gerentes (ministros) y demás funcionarios que la empresa nacional requiere para su recta y correcta administración. Cuidando de no privar al Directorio de los derechos y beneficios que por equidad le corresponden, puesto que sin la contribución del pueblo, el estado no existiría y no podría ser la gran empresa nacional.

7.6.- Es tiempo que los gobernantes entiendan que ya no vivimos en las épocas del caciquismo, en el que los gobernantes fungían de dueños del patrimonio nacional y de las vidas del pueblo.

7.7.- En la modernidad debe comprenderse que el pueblo es el dueño del patrimonio nacional y es quien por autodeterminación plebiscitaria -mediante la elección del nuevo gobierno- encomienda y responsabiliza a quienes deben prestar sus servicios como servidores públicos. Dependientes de la soberanía del pueblo, para cuidar el patrimonio nacional y mejorar la calidad de vida del pueblo contribuyente.

8.- En lo ético y en lo moral, las relaciones humanas requieren de una revaloración de los principios, tradiciones y normas de interacción social. La competencia religiosa ha sido tan indulgente con los yerros de la conducta humana que no es extraño descubrir que la gracia del perdón ya no es una potestad exclusiva de Dios Padre. Hoy ya no se hace la remisión de las culpas, sino que el sacerdote o el pastor reparten la indulgencia del perdón y la justificación de las culpas como sí suele hacerse con las baratijas, para conquistar creyentes incautos.

8.1.- Las feligresías han sido tan engañadas con el facilismo de las indulgencias, que creen que los yerros y faltas cometidas desaparecerán y ya serán salvos de toda culpa y responsabilidad por el sólo hecho de declararse confesos y abrir el corazón a Jesús. Y entonces ¿con qué finalidad Dios Padre concedió el libre albedrío?.

8.2.- Es admirable la generosidad de estas gentes con las potestades ajenas que sólo son atributos de Dios Padre. Parece que no son conscientes de que con sus indulgencias están, sino interfiriendo la Justicia Divina, sí engañando a su feligresía, creando gravísimas confusiones de los valores éticos y morales que día a día incrementan más la proclividad de quienes piensan que ya están salvos de culpas y responsabilidades.

8.3.- Se está engañando a la feligresía haciéndoles creer que no necesitan cumplir los demás requisitos de la doctrina del perdón que implica: a) remordimiento de conciencia b) acto de contrición c) propósito de enmienda d) confesión de boca e) penitencias f) reparación de obra y g) absolución, que sólo Dios Padre concederá en el juicio final de cada vida.

8.4.- Los dirigentes políticos y espirituales del mundo deben entender que el individuo es el único que tiene el derecho de determinar para sí, el destino que quiere, para bien o para mal.

8.5.- El ser humano sólo podrá ser libre cuando ejerza con plenitud los impulsos de sus deseos, de sus determinaciones y de sus acciones, sin más limitaciones que los auténticos deberes y derechos consagrados por los plebiscitos aprobados por la voluntad de los pueblos con madurez cívica y moral. Porque sólo asumiendo libremente estas determinaciones, los humanos podrán hacerse responsables ante Eón y ante la sociedad de todo lo que se afirma y se hace. Asumiendo la culpabilidad, cuando comete errores o gozando de los privilegios de la gracia de Eón, cuando acierte en sus acciones para elegir el camino de vida que él crea conveniente hacer.

8.6.- El humano, por la gracia de Dios, nace libre y en uso de su libertad puede esclavizarse a lo que él crea conveniente en la medida en que esa decisión sea producto de su autodeterminación. Pero es absurdo que se pretenda asumir la representación de Dios Padre, para ejercer autoridad sobre otros humanos contra sus voluntades, porque entonces estará interfiriéndose la Justicia Divina y estará coaccionándose la libertad del individuo. Induciéndolo a la distorsión del derecho al libre albedrío y del derecho de autodeterminar lo que él crea para sí mismo.

8.7.- Vivimos un momento crítico en la planificación familiar de las sociedades. Se confrontan conceptos tan diversos en la conciencia de los humanos, cuyas interpretaciones son cuestionables, afirmando que los humanos no tenemos derecho a determinar la cantidad de hijos que debemos tener. Existen organizaciones humanas que en el nombre de Dios propician la sobrepoblación de sociedades carentes de trabajo y de responsabilidades para ofrecer en este mundo una vida más digna que elimine el resentimiento y el odio social por la diferencias existenciales.

8.8.- Pretenden estas organizaciones manipular nuestras conciencias con sentimientos de culpa que atentan contra la libertad de albedrío que Dios Padre concedió, privándonos del derecho a la autodeterminación para decidir el número de hijos, la clase de familia y la calidad de vida que queremos darle a nuestras familias resolviendo los conflictos económicos que derivan de una numerosa familia que es imposible solventar en nuestros tiempos.

8.9.- Los derechos de los estados y de las sociedades, terminan donde empieza el sagrado derecho de la autodeterminación que Dios Padre concedió a todos los seres creados.
Meditemos hermanos. Meditemos profundamente en las implicancias de este derecho, porque será la causa de una modificación total de los derechos éticos, morales, jurídicos y políticos de la humanidad.
Meditemos y pidamos a Eón que nos ilumine, para que en uso de ese libre albedrío que nos ha concedido hagamos uso correcto del derecho de la autodeterminación. Que nuestras mentes y nuestros espíritus sean guiados por su divina voluntad para elegir aquello que es positivo y constructivo para una nueva sociedad donde el rico sea menos rico, para que el pobre sea menos pobre y para que las diferencias entre los unos y los otros sean cada vez menos humillantes para que se establezca un equilibrio social, para que los humanos puedan gozar con mayores amplitudes las alternativa de su existencia.

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